La deducción por ascendiente con discapacidad a cargo es una ayuda dirigida a las personas que tienen bajo su cuidado a un familiar ascendente con discapacidad reconocida.
Su objetivo es compensar parte de los gastos y responsabilidades asociados a la atención de estos familiares, ofreciendo un apoyo económico que puede alcanzar los 1.200 euros anuales.
¿En qué consiste esta deducción?
Se trata de una deducción del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) destinada a contribuyentes que tienen a cargo un ascendiente con discapacidad y cumplen los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria.
La ayuda puede percibirse de dos formas:
- Aplicándola en la declaración anual de la Renta.
- Solicitando el abono anticipado, que permite recibir hasta 100 euros al mes. Para esta solicitud hay que presentar el formulario 143.
La cuantía máxima es de 1.200 euros al año por cada ascendiente con discapacidad a cargo.
Cuando varias personas tienen derecho a la misma deducción, por ejemplo varios hijos que cuidan de un mismo progenitor, el importe se distribuye entre ellos o puede gestionarse mediante una solicitud colectiva.
¿Cuáles son los requisitos?
Para esta deducción es necesario tener en cuenta los requisitos que deben cumplir los ascendentes a cargo y las personas cuidadoras que vana solicitar la decocción.
Requisitos que deben cumplir los ascendentes
- Que tengan una edad igual o superior a 65 años.
- Que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Que convivan contigo al menos la mitad del año.
- Que no tengan rentas, excluidas las exentas, superiores a 8.000 € anuales.
- Que no presenten declaración con rentas superiores a 1.800 € anuales.
Requisitos para acceder a la deducción
- Estar trabajando por cuenta ajena o por cuenta propia y dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad correspondiente.
- Percibir una prestación contributiva por desempleo.
- Ser beneficiario de una pensión de la Seguridad Social o de clases pasivas.
Cómo solicitar la deducción
Existen dos vías para beneficiarse de esta ayuda:
- A través de la declaración de la Renta.
La deducción puede aplicarse al presentar la declaración anual del IRPF, descontando hasta 1.200 euros de la cuota correspondiente.
- Mediante abono anticipado.
Requisitos para el abono anticipado
El acceso al abono anticipado depende de la situación laboral del solicitante.
Con carácter general, debe cumplirse alguno de los siguientes supuestos:
- Contrato a jornada completa: trabajar al menos 15 días al mes.
- Contrato a tiempo parcial: realizar al menos el 50% de la jornada ordinaria de la empresa.
- Régimen Especial Agrario: haber cotizado al menos 10 jornadas reales durante el mes.
- Otros regímenes o modalidades de contratación: acreditar al menos 15 días de actividad.
- Las personas pensionistas que tengan derecho a la deducción también pueden acceder al cobro anticipado en los periodos en que perciban su pensión.
¿Qué es el Modelo 143?
El Modelo 143 es el formulario que permite solicitar el abono anticipado de la deducción por ascendiente o descendiente con discapacidad a cargo.
Este trámite evita tener que esperar a la presentación de la declaración de la renta para beneficiarse de la ayuda, ya que permite recibir la deducción de forma anticipada mediante pagos mensuales de hasta 100 euros, en lugar de percibir el importe total de 1.200 euros anuales al presentar el IRPF.
La solicitud del abono anticipado de la deducción puede presentarse en dos modalidades, en función del número de contribuyentes que tengan derecho a ella:
Solicitud individual
Cada persona que cumpla los requisitos y tenga derecho a la deducción presenta su propia solicitud y percibe la parte que le corresponda del abono anticipado.
Solicitud colectiva
Cuando varias personas tienen derecho a la misma deducción por un mismo ascendiente o descendiente con discapacidad, pueden optar por presentar una solicitud colectiva.
En este caso, los demás beneficiarios ceden su derecho a uno de los solicitantes, que será quien reciba íntegramente el importe del abono anticipado en nombre de todos.
Cómo presentar el Modelo 143
La Agencia Tributaria permite presentar el Modelo 143 mediante diferentes canales:
- Por Internet, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
- Por teléfono.
- En las oficinas de la Agencia Tributaria.
Para la presentación telemática es posible identificarse mediante:
- Certificado digital.
- DNI electrónico.
- Sistemas de identificación admitidos por la Agencia Tributaria.
Normativa vigente
- Artículo 81 bis de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF (Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
- Disposición adicional cuadragésima segunda de la Ley del IRPF.
-
Autor(es): Laura Sánchez Carranza, Obra: Deducción por ascendiente con discapacidad a cargo (modelo 143), Publicación: , Última actualización: , Lugar de publicación: Madrid, URL: https://www.discapnet.es/derechos/ayudas-para-personas-con-discapacidad-en-2023/deduccion-por-ascendiente-con-discapacidad-a-cargo
Copiar