El cuidado de un hijo con discapacidad es una labor que requiere una entrega absoluta, a menudo condicionando la vida laboral y económica de las familias. Para aliviar esta carga, el sistema de protección social ofrece la prestación familiar por cuidado de hijos con discapacidad. Esta ayuda no solo es un soporte financiero, sino un reconocimiento al esfuerzo extra que supone garantizar el bienestar y desarrollo de los menores o mayores con discapacidad en el núcleo familiar.
A quién va dirigido
Esta prestación está diseñada para los progenitores, adoptantes o acogedores que tengan a su cargo a hijos o menores en acogimiento con una discapacidad reconocida.
- Hijos menores de 18 años: Con una discapacidad igual o superior al 33%.
- Hijos mayores de 18 años: Con una discapacidad igual o superior al 65%.
- Situaciones de orfandad: También pueden ser beneficiarios los huérfanos de padre y madre menores de 18 años con discapacidad.
Requisitos
Para acceder a esta ayuda, debemos cumplir con una serie de condiciones:
- Residencia: Debes residir legalmente en territorio español.
- Cargo directo: El hijo debe vivir contigo y depender económicamente de ti.
- Grado de discapacidad: Debe estar certificado por el organismo competente de tu Comunidad Autónoma o el IMSERSO.
- Límite de ingresos: En el caso de hijos menores con un 33% de discapacidad, existe un límite de ingresos anuales, salvo que se trate de familias numerosas o el grado de discapacidad sea mayor.
Cuantía de la ayuda
La cuantía varía significativamente según la edad del hijo y su grado de discapacidad. Es importante recordar que esta asignación está exenta de IRPF.
- Menor de 18 años (≥ 33% discapacidad): 1.000 € / año.
- Mayor de 18 años (≥ 65% discapacidad): 5.647 € / año.
- Mayor de 18 años (≥ 75% discapacidad con necesidad de tercera persona): 8.469 € / año.
Documentación necesaria
Preparar bien la documentación es el primer paso para evitar retrasos administrativos. Necesitarás:
- DNI o NIE de los solicitantes y del hijo si es mayor de 14 años.
- Libro de familia o certificado de nacimiento.
- Certificado de discapacidad actualizado donde conste el grado y el tipo de discapacidad.
- Certificado de empadronamiento para demostrar la convivencia.
- Justificantes de ingresos (en los casos donde se aplique el límite de renta).
Cómo solicitar
Puedes elegir la vía que mejor se adapte a tus necesidades, siempre con un enfoque de accesibilidad.
Vía Online (Sede Electrónica)
Es la opción más ágil si cuentas con herramientas digitales.
- Accede al portal "Tu Seguridad Social" con tu Certificado Digital, Cl@ve o DNIe.
- Selecciona el apartado de "Familia" y luego "Prestación por hijo a cargo".
- Rellena el formulario interactivo y adjunta la documentación escaneada.
Completa el Modelo de Solicitud de Prestación por Hijo a Cargo.
Vía Presencial
Ideal si necesitas asesoramiento directo de un profesional.
- Debes solicitar Cita Previa obligatoriamente a través de la web oficial de la Seguridad Social o por teléfono.
- Acude a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) con toda la documentación original y copias.
Normativa
- Real Decreto Legislativo 8/2015 (LGSS) - Título VI: La Ley General de la Seguridad Social es la norma madre. Específicamente, el Capítulo I del Título VI (Artículos 351 y siguientes) regula la "Asignación económica por hijo o menor a cargo".
- Real Decreto 1335/2005, de 11 de noviembre: Este reglamento desarrolla la ley anterior y detalla los aspectos prácticos: cómo se solicita, qué documentación exacta se requiere, los plazos de resolución y el régimen de incompatibilidades con otras ayudas.
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Autor(es): Teresa Berzosa, Obra: Prestación familiar por cuidado de hijos con discapacidad, Publicación: , Última actualización: , Lugar de publicación: Madrid, URL: https://www.discapnet.es/derechos/prestacion-por-hijo-cargo-con-discapacidad
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