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Todas las aplicaciones móviles del sector público deben cumplir desde este miércoles, 23 de junio, el 100% de los requisitos de accesibilidad universal para las personas con discapacidad, según lo establecido en el Real Decreto 1112/2018 sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
Se trata de la trasposición a la legislación española de la Directiva de la Unión Europea 2016/2102, publicada en diciembre de 2016 con el objetivo de armonizar a nivel europeo los criterios de accesibilidad de estos sitios y aplicaciones.
En nota de prensa, el Centro Español del Subtitulado y la Audiodescripción (CESyA) del Real Patronato sobre Discapacidad apuntó que la accesibilidad de aplicaciones móviles y webs supone cumplir con una serie de requisitos para que las personas con discapacidad puedan acceder a los contenidos digitales en igualdad de condiciones.
De acuerdo con el real decreto, las aplicaciones habrán de cumplir una serie de requisitos a fin de garantizar la accesibilidad universal y el diseño para todos.
Compatibles con herramientas de apoyo
Así, se les exigirá ser compatibles con herramientas de apoyo como lectores de pantalla y establecer las modulaciones precisas para el contraste de color, luz y brillo, tamaño y tipología de la letra, descripción de imágenes y textos alternativos y conversores bidireccionales de texto y audio o audiodescripciones, entre otros, para las personas ciegas o con discapacidad visual.
También deberán incluir subtitulado adaptado en los contenidos audiovisuales, la disposición de vídeo-interpretación en lengua de signos o la opción de realizar videollamadas para la lectura labial, a fin de ser accesibles a las personas sordas.
Del mismo modo, la adaptación de textos y documentos a lectura fácil es otro requisito indispensable para favorecer el acceso de las personas con discapacidad intelectual.
Servicios efectivos y de calidad
El CESyA apuntó que, además de cantidad, se deben proporcionar servicios que sean plenamente efectivos y de calidad.
El citado real decreto exigía el cumplimiento de las condiciones de accesibilidad a las páginas webs en el mismo año de su entrada en vigor, 2018, y estableció un plazo de dos años para aquellos sitios web ya publicados. Sin embargo, para las aplicaciones móviles se concedió un margen más amplio, que finaliza el próximo día 23 de junio.
Entre los organismos que deberán implantar la accesibilidad en sus aplicaciones móviles se encuentran los relativos a la Administración General del Estado; las Administraciones de comunidades autónomas; las entidades que integran la Administración Local; el sector público institucional; las asociaciones constituidas por las Administraciones; entes, organismos y entidades que integran el sector público, y la Administración de Justicia.
En este sentido, se establece que todo sitio web y aplicación que reciba financiación pública para su diseño o mantenimiento deberá aplicar los criterios de accesibilidad, incluyéndose también los relativos a aquellas empresas que se encargan de gestionar la prestación de servicios públicos, especialmente los que tengan carácter educativo, sanitario, cultural, deportivo y de servicios sociales, además de los centros privados educativos, de formación o universitarios sostenidos de manera total o parcial por fondos públicos.
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