La vivienda ha de ser accesible y tener las condiciones y requisitos necesarios para que la persona que la habita pueda gozar de una calidad de vida óptima y plena autonomía e independencia en sus movimientos y tránsito por la casa.
Por ley todo el mundo tiene derecho a una vivienda digna, y por normativa todas las viviendas nuevas que se están construyendo deben llevar los estandares de accesibilidad (en puertas, pasillos, ascensor y rampas, baños adaptados, etc.), para que sea una vivienda apta para cualquier persona dispuesta a vivir en ella.
Así mismo, las instituciones y organismos oficiales suelen dar ayudas a personas sin recursos económicos suficientes para que puedan realizar las obras de adaptación de su vivienda, o en el caso de comunidades de vecinos que puedan instalar ascensor o crear rampas de acceso al portal.
A través de esta sección informamos sobre las medidas de accesibilidad y seguridad que se deben cumplir en el hogar.
Estudios de interés sobre accesibilidad en la Vivienda
El Observatorio de la Accesibilidad Universal de la Vivienda en España se desarrolla en el marco de una serie de estudios de análisis de la accesibilidad en distintos ámbitos que viene realizando la Fundación ONCE para la cooperación e inclusión social de las personas con discapacidad.
Estos estudios tienen el objetivo de realizar diagnósticos a escala nacional, extraer conclusiones, abrir vías de reflexión para los actores implicados y aportar posibles caminos hacia el progreso de la accesibilidad universal en el país. Además adquieren el carácter de observatorio; es decir, investigaciones que pueden ser replicadas cada determinado tiempo para estudiar la evolución de la accesibilidad.
Viviendas para personas mayores en Europa. Nuevas tendencias para el Siglo XXI. Fundación Pilares publica junto con Fundación Caser el libro "Viviendas para personas mayores en Europa. Nuevas tendencias para el Siglo XXI". Esta publicación corresponde al Nº 3 de la Colección de Papeles de la Fundación.
¿Cómo elegir dónde vivir?
Dónde vivir... Disponer de una casa adaptada a sus necesidades, es un derecho de toda familia en la que hay una persona con discapacidad, y por supuesto de ella misma cuando decida independizarse. ¿Cómo elegir dónde vivir? Tener una vivienda accesible y cómoda es un derecho al que no se debe renunciar. Derecho que afecta tanto al interior como al exterior de la vivienda. (Derecho a la Vivienda B.O.E.)
Hay un montón de ayudas, de todo tipo, incluyendo en ellas las técnicas, la ayuda a domicilio, las económicas para llevar a cabo adaptaciones, etc., a las que se puede recurrir para defender un objetivo prioritario: vivir en la propia casa, facilitar dónde vivir. Sólo cuando sea absolutamente imposible, habrá que buscar otras soluciones, como residencias o pisos tutelados.
Cómo conseguir esa vivienda es el primer problema. O cómo adaptar la casa en la que vive la familia a la que se incorpora un miembro con discapacidad.
A través de esta sección intentaremos ofrecer tanto normativas en vigor como ayudas, subvenciones y apoyos para lograr que la persona con discapacidad tenga un buena calidad de vida y un hogar accesible. Facilitar lo máximo posible esa búsqueda y respuestas a la incógnita ¿dónde vivir?
La teleasistencia, la ayuda a domicilio, u otras herramientas, son un apoyo para qué la vivienda no sea una cárcel, y la persona con discapacidad tenga apoyos.
La legislacion vigente (artículo 27) contempla que el 4% de las viviendas de protección oficial (VPO) sean accesibles. Pero, en realidad, pocas personas con discapacidad las adquieren. ¿A qué se debe? Si sigues navegando por esta sección, encontrarás la respuesta.
Además, para elegir dónde vivir, no te pierdas la página sobre buenas ideas de esta sección. Esta página está dedicada a todas aquellas oportunidades, novedades y apoyos que hacen que el hogar sea un buen sitio donde estar, sin barreras, ni al acceder al mismo ni en su interior. ¿Por ejemplo? Ascensores amigables
Más información e el Código de la Vivienda del Estado
Normativa relacionada
- Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.
- Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.
- Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.
- Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.