Las personas con discapacidad pueden necesitar apoyo económico para cubrir sus necesidades diarias y para su futuro. Para ayudar en ello, existen herramientas legales y financieras pensadas para protegerlas. Dos de las más importantes son el patrimonio protegido y los sistemas de previsión social.
¿Qué es un patrimonio protegido?
Un patrimonio protegido es un conjunto de bienes que se destinan exclusivamente a una persona con discapacidad.
Estos bienes pueden ser, por ejemplo:
- Dinero.
- Una vivienda.
- Ahorros o inversiones, etc.
Este patrimonio tiene dos características principales:
- Solo puede usarse para beneficiar a la persona con discapacidad, por ejemplo, para su cuidado, vivienda o bienestar.
- Está protegido por la ley, lo que garantiza que no se utilice para otros fines.
Además, las personas que aportan dinero o bienes a este patrimonio pueden tener beneficios fiscales, lo que fomenta que familiares u otras personas contribuyan.
¿A quién va dirigido?
Estas medidas están pensadas para:
- Personas con un grado de discapacidad reconocido:
- Igual o superior al 33% (discapacidad intelectual)
- Igual o superior al 65% (discapacidad física o sensorial)
- Sus familias o tutores, que desean asegurar su bienestar.
¿Cómo se constituye un patrimonio protegido?
- Se crea mediante un procedimiento legal: Se firma una escritura pública ante notario
- Pueden constituirlo:
- La propia persona con discapacidad.
- Sus padres.
- Tutores o representantes legales.
- En el documento se indica:
- Qué bienes forman el patrimonio.
- Para qué se pueden utilizar.
- Quién será la persona encargada de administrarlo.
- Puede ser necesario inscribirlo en un registro, según el tipo de bienes
¿Qué son los sistemas de previsión social?
Son instrumentos que permiten ahorrar dinero para el futuro de la persona con discapacidad. Estos sistemas permiten disponer de dinero en el futuro, por ejemplo, en la jubilación o cuando sea necesario para la persona..
Algunos ejemplos son:
- Planes de pensiones adaptados
- Seguros de vida o ahorro
- Otros productos financieros específicos
Algunas características de los sistemas de previsión social son:
- Permiten ahorrar poco a poco.
- Ofrecen seguridad económica a largo plazo.
- El dinero se puede utilizar en momentos concretos (jubilación, dependencia, etc.)
- Tienen incentivos fiscales en muchos casos.
¿Cómo se constituyen los sistemas de previsión social?
Su creación es más sencilla que la del patrimonio protegido:
- Se elige el producto financiero adecuado.
- Se contrata en un banco, aseguradora o entidad especializada.
- Se abre a nombre de la persona con discapacidad.
- Se realizan aportaciones:
- Periódicas (por ejemplo, cada mes)
- O puntuales (cuando se desee)
- Se establecen las condiciones para disponer del dinero.
Diferencias entre el patrimonio protegido y los sistemas de previsión social
El patrimonio protegido y los sistemas de previsión social son herramientas distintas, aunque ambas buscan garantizar la seguridad económica de las personas con discapacidad.
El patrimonio protegido está pensado para cubrir necesidades actuales, ya que reúne bienes como dinero o vivienda que se pueden utilizar en cualquier momento en beneficio de la persona, bajo un control legal más estricto.
En cambio, los sistemas de previsión social están orientados al ahorro a largo plazo, mediante productos como planes de pensiones o seguros, y su dinero suele recuperarse en el futuro, cuando se cumplen ciertas condiciones.
Normativa vigente
- Su regulación se encuentra en la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad.
- La Ley 13/2023 ha reforzado este régimen, equiparando los patrimonios protegidos constituidos en distintos derechos civiles para garantizar los mismos beneficios fiscales
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Autor(es): Laura Sánchez Carranza, Obra: Patrimonios protegidos y sistemas de previsión social para personas con discapacidad, Publicación: , Última actualización: , Lugar de publicación: Madrid, URL: https://www.discapnet.es/patrimonios-protegidos-y-sistemas-de-prevision-social-para-personas-con-discapacidad
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