El cuidador
El aumento de la esperanza de vida ha provocado un incremento notable de mayores que requieren cuidados. Los hábitos de vida de las familias españoles están cambiando y lo que antes se entendía como habitual ahora ya no lo es tanto. Sin embargo, en España (y a pesar de que los porcentajes de familias que atienden a sus mayores van en descenso) sigue siendo tradicional que la propia familia se encargue del cuidado de la persona mayor.
Resulta fundamental a tenor de lo explicado con anterioridad que los propios cuidadores deban “ser cuidados”. El cuidador tiende a preocuparse de la persona a su cargo y suele descuidar su vida, poniéndola en un segundo plano. Se trata de una situación normal que puede llegar a desembocar en problemas graves si no se ponen límites, si no se pide ayuda a otras personas o instituciones o si se descuida la propia salud. El cuidador debe sentirse bien para poder transmitir esa sensación a la persona cuidada.
Cuidar a un familiar conlleva un aumento de trabajo y saber afrontarlo supone entender que el responsable del cuidado es el cuidador y que en la medida que atienda sus propias necesidades pondré ofrecer atención con la mejor actitud.
Dos son los consejos fundamentales que deben tener en cuenta: cuidarse para poder cuidar (sobre todo la propia salud) y poner límites al cuidado.
Estancias de respiro
Normalmente los programas de respiro para familias se ofrecen a través de los ayuntamientos de las ciudades y pueblos o los Servicios Sociales de la CCAA. El objetivo es permitir a las familias de los cuidadores contar con un apoyo bien durante períodos de tiempo relativamente largos como pueden ser las vacaciones o períodos más cortos, caso de los servicios de respiro para el fin de semana o períodos puntuales surgidos de alguna necesidad especifica (enfermedad del cuidador).
Las estancias de respiro son servicios sociales novedosos que se comenzaron a establecerse en los años 90 y que a lo largo del tiempo se han confirmado con una alternativa muy útil tanto para el cuidador como para la persona cuidada. Si tenemos en cuenta que hay estadística que afirman que más de la mitad de los cuidados sufren estrés, entenderemos los motivos para extender estos servicios.
Cuáles son las ventajas que presenta este servicio
Cuando se habla de ventajas se tiene que hablar de ventajas tanto para el cuidador como para la persona cuidada. Ningún aspecto tiene que ser descuidado. Cuidador y cuidado deben saber perfectamente que van a recibir ayuda puntual que beneficia a ambas partes.
La familia que durante el año se encarga de su familiar dependiente acumula cansancio físico y psicológico que tendrá que ser corregido mediante el disfrute de momentos de descanso, de ocio, de tiempo libre. El rol de cuidador debe sustituirse. Es hora de las relaciones sociales, de las relaciones de pareja, de liberarse del constante cuidado y de atender facetas de la vida que en el día a día se desplazan, se aparcan o se olvidan.
Se trata sin duda ninguna de descargar del cansancio acumulado.
Modalidades
Cada ayuntamiento, diputación o CCAA establece sus propias peculiaridades. Sabemos que se trata de un servicio puntual que será desarrollado en varias modalidades:
- Apoyo por horas. La necesidad del cuidador de realizar determinadas actividades, de cumplir ciertos compromisos. Por lo general los cuidadores-profesionales acudirán al domicilio por un tiempo determinado y de breve duración.
- Otra modalidad supondrán las estancias por días. Así se puede hablar de estancias cortas (hasta 3 días de cuidados), estancias medias (de 4 a 7 días de cuidados) y estancias largas (en determinadas regiones estas estancias largas están limitadas a 15 días). En estas estancias la atención que se requiere podrá ser recibida en el domicilio habitual de la persona mayor y podrá consistir en ayuda para las actividades básicas de la vida diaria (alimentación, aseo,...) y actividades de “acompañamiento”, actividades lúdicas de interés y conveniencia para el usuario. Otras veces el cuidado requerirá de vigilancia fuera de su domicilio y será trasladado a centros especializados.
- Determinados ayuntamientos ofrecen este servicio destinado a los fines de semana.
Cabe señalar también otros criterios de clasificación: estancias en residencia y estancias en recursos comunitarios. Estos últimos ofrecen varias modalidades a elegir: con apoyo generalizado y sin apoyo, puntual por horas y puntual compartido.
A quién va dirigido
Aunque en un principio estos programas fueron pensados para apoyar a la familia con un enfermo con discapacidad, la demanda ha hecho que se extienda a familias con mayores a su cargo.
Las familias deben ponerse en contacto con el ayuntamiento de su localidad para conocer los requisitos necesarios para poder disfrutar de este servicio. Será de gran utilidad el contacto telefónico e incluso personarse para analizar los recursos y las alternativas que mejor se puedan acomodar a nuestras necesidades.
En general se puede afirmar que va destinado a personas con 65 años que puedan presentar limitaciones en las actividades a desarrollar en la vida diaria. Algunas comunidades rebajan esta cifra hasta los 60 años. Los mayores no deberán padecer enfermedad infecto-contagiosa o crónica que requiera su ingreso en un centro hospitalario. En muchos casos este servicio se niega a ancianos con trastornos mentales o conductuales.
A menudo la familia del mayor debe atender necesidades puntuales que hayan surgido como problemas de salud, accidentes, mudanzas o necesidad de realizar obras en casa...
Requisitos
Existen muchas particularidades a tener en cuenta dependiendo de la CCAA donde se resida. Los requisitos y el coste de este servicio se gestiona a través de los servicios sociales del Ayuntamiento en la mayoría de los casos y en la Diputación Provincial en los menos. No suelen existir plazos determinados para la solicitud de este servicio.
En todo caso necesitaremos una solicitud (habrá un modelo oficial) que tendremos que rellenar y entregar junto con otros documentos como pueden ser:
- Fotocopia del DNI tanto de la persona afectada como de los miembros de la unidad familiar en la que se integra.
- Informe médico.
- Fotocopia de Declaración de la renta de los miembros de la unidad familiar.
- Certificación del grado de minusvalía
- Certificado de ingresos/pensiones
- Autorización bancaria
Servicios
El servicio de “Respiro familiar” ofrece ventajas para el cuidador que ya se han expuesto. Tanto el cuidador como la persona cuidada deben de saber que esta prestación suele incluir los siguientes aspectos:
- apoyo personal: sobre todo en las tareas diarias. Se presta especial atención a la manutención y a las comidas especiales que debe recibir el anciano por problemas de salud.
- acompañamiento
- terapia ocupacional: estimulación física, mental y cognitiva
- servicios de rehabilitación
- Atención a la salud
Conclusiones
El servicio de “Respiro Familiar” no debe sustituir la falta de plazas residenciales que se necesitan para cubrir las necesidades de la población.
Se trata de un servicio puntual que no podrán solicitar las personas que ya están siendo atendidas en una residencia, o en un piso tutelado o cuando existan redes de apoyo natural en torno a la familia.