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Renta Mínima de Inserción (RMI) en la Comunidad de Madrid

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  3. https://www.discapnet.es/derechos/renta-minima-de-insercion-rmi-en-la-comunidad-de-madrid Renta Mínima de Inserción (RMI) en la Comunidad de Madrid
Publicación: 7 Abril 2026 | Última actualización: 7 Abril 2026

La Renta Mínima de Inserción (RMI) es una ayuda económica de la Comunidad de Madrid destinada a personas y familias que no tienen recursos suficientes para vivir.

Incluye una prestación mensual básica y un complemento variable según el número de personas que viven en el hogar. Además, incorpora un Programa Individual de Inserción, que ofrece apoyo social y laboral a quienes la reciben.

Recortes de papel con forma de persona, formando un circulo agarradas de la mano, una de las personas esta pintada de color rojo, representando diferencia frente al resto pintadas de gris.

¿A quién va dirigida?

La RMI está dirigida a personas y familias que viven en la Comunidad de Madrid y se encuentran en situación de vulnerabilidad económica, incluidas:

  • Personas con discapacidad.
  • Familias sin ingresos suficientes.
  • Víctimas de violencia familiar o de género.
  • Personas jóvenes en situaciones especiales (orfandad, tutela, exclusión social).

Requisitos

Para solicitar la RMI, hay que cumplir los siguientes requisitos:

Residencia

  • Vivir y estar empadronado en Madrid al menos 1 año antes de la solicitud.
  • También cuenta el tiempo vivido en centros penitenciarios, terapéuticos o en otra comunidad si hubo violencia familiar o de género.

Edad

  • Tener entre 25 y 65 años.
  • También pueden solicitarla:
    • Menores de 25 y mayores de 65 con menores o personas con discapacidad a cargo de al menos el 45%.
    • Jóvenes de 18 a 25 años en situaciones justificadas:
      • Haber sido tutelado por la Comunidad de Madrid.
      • Orfandad absoluta.
      • Grave exclusión social.
      • Víctima de violencia de género o familiar.
      • Participar en un programa de inclusión reconocido.

Situación económica

  • No disponer de ingresos suficientes para cubrir necesidades básicas.
  • Haber agotado las prestaciones por desempleo si correspondía.

Compromiso de inserción

  • Firmar un Programa Individual de Inserción elaborado por Servicios Sociales.

¿Existen excepciones a estos requisitos? Sí:

Podrán acceder sin cumplir todos los requisitos si existe extrema necesidad:

  • Víctimas de violencia familiar o de género.
  • Personas solas en grave exclusión con dificultades laborales.
  • Personas con graves problemas de exclusión que conviven con familiares no de primer grado.
  • Situación de extrema necesidad socioeconómica sobrevenida.

Excepciones al requisito de 6 meses de unidad de convivencia:

  • Tener a cargo menores o personas con discapacidad ≥45%.
  • Nueva unidad por separación, divorcio o fin de unión de hecho.
  • Nueva unidad por fallecimiento de padres o tutores.
  • Personas solas en grave exclusión.
  • Víctimas de violencia familiar o de género.

Documentación necesaria

  • Certificado de empadronamiento conjunto, en un solo documento, que indique todas las personas empadronadas en el domicilio y la antigüedad.
  • Libro de Familia completo o resolución oficial de adopción, acogimiento o tutela.
  • Certificado de discapacidad, emitido por la Comunidad Autónoma correspondiente, si procede.
  • Justificantes de ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia (nóminas, declaraciones trimestrales, declaración jurada en caso de actividades no regladas, etc.).
  • Certificado del SEPE sobre prestaciones, subsidios por desempleo o renta activa de inserción, indicando fechas e importe mensual.
  • Documentación sobre pensiones compensatorias o de alimentos: cuantía actualizada o, si no se perciben, justificante de haber iniciado los trámites judiciales.
  • Documentación del patrimonio mobiliario e inmobiliario y de los ingresos que genere (Catastro, IBI, alquileres, certificados bancarios, etc.) de todos los miembros.
  • Datos bancarios del solicitante.
  • Sentencia de separación o divorcio, o justificante de haber iniciado el procedimiento judicial.
  • Certificado de escolaridad de los menores y acreditación de asistencia regular al centro educativo.
  • En su caso, documento de oposición de los miembros de la unidad de convivencia para la consulta de sus datos en registros públicos.
  • Anexo de datos de cada unidad de convivencia independiente que conviva en el mismo domicilio.

Plazos

  • Puedes solicitar la RMI en cualquier momento del año.
  • Los pagos se reciben mensualmente.

¿Cómo solicitarlo?

  • En tu Centro Municipal de Servicios Sociales, con cita previa.
  • En cualquier oficina de registro público (Ayuntamientos, Comunidad de Madrid, etc.).
  • A través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, usando certificado digital, DNIe o Cl@ve.

Normativa vigente

  • Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid.

 

¿Cómo citar este artículo? +

  • Autor(es): , Obra: Renta Mínima de Inserción (RMI) en la Comunidad de Madrid, Publicación: 7 Abril 2026 , Última actualización: 7 Abril 2026 , Lugar de publicación: Madrid, URL: https://www.discapnet.es/derechos/renta-minima-de-insercion-rmi-en-la-comunidad-de-madrid

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