La Renta Mínima de Inserción (RMI) es una ayuda económica de la Comunidad de Madrid destinada a personas y familias que no tienen recursos suficientes para vivir.
Incluye una prestación mensual básica y un complemento variable según el número de personas que viven en el hogar. Además, incorpora un Programa Individual de Inserción, que ofrece apoyo social y laboral a quienes la reciben.

¿A quién va dirigida?
La RMI está dirigida a personas y familias que viven en la Comunidad de Madrid y se encuentran en situación de vulnerabilidad económica, incluidas:
- Personas con discapacidad.
- Familias sin ingresos suficientes.
- Víctimas de violencia familiar o de género.
- Personas jóvenes en situaciones especiales (orfandad, tutela, exclusión social).
Requisitos
Para solicitar la RMI, hay que cumplir los siguientes requisitos:
Residencia
- Vivir y estar empadronado en Madrid al menos 1 año antes de la solicitud.
- También cuenta el tiempo vivido en centros penitenciarios, terapéuticos o en otra comunidad si hubo violencia familiar o de género.
Edad
- Tener entre 25 y 65 años.
- También pueden solicitarla:
- Menores de 25 y mayores de 65 con menores o personas con discapacidad a cargo de al menos el 45%.
- Jóvenes de 18 a 25 años en situaciones justificadas:
- Haber sido tutelado por la Comunidad de Madrid.
- Orfandad absoluta.
- Grave exclusión social.
- Víctima de violencia de género o familiar.
- Participar en un programa de inclusión reconocido.
Situación económica
- No disponer de ingresos suficientes para cubrir necesidades básicas.
- Haber agotado las prestaciones por desempleo si correspondía.
Compromiso de inserción
- Firmar un Programa Individual de Inserción elaborado por Servicios Sociales.
¿Existen excepciones a estos requisitos? Sí:
Podrán acceder sin cumplir todos los requisitos si existe extrema necesidad:
- Víctimas de violencia familiar o de género.
- Personas solas en grave exclusión con dificultades laborales.
- Personas con graves problemas de exclusión que conviven con familiares no de primer grado.
- Situación de extrema necesidad socioeconómica sobrevenida.
Excepciones al requisito de 6 meses de unidad de convivencia:
- Tener a cargo menores o personas con discapacidad ≥45%.
- Nueva unidad por separación, divorcio o fin de unión de hecho.
- Nueva unidad por fallecimiento de padres o tutores.
- Personas solas en grave exclusión.
- Víctimas de violencia familiar o de género.
Documentación necesaria
- Certificado de empadronamiento conjunto, en un solo documento, que indique todas las personas empadronadas en el domicilio y la antigüedad.
- Libro de Familia completo o resolución oficial de adopción, acogimiento o tutela.
- Certificado de discapacidad, emitido por la Comunidad Autónoma correspondiente, si procede.
- Justificantes de ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia (nóminas, declaraciones trimestrales, declaración jurada en caso de actividades no regladas, etc.).
- Certificado del SEPE sobre prestaciones, subsidios por desempleo o renta activa de inserción, indicando fechas e importe mensual.
- Documentación sobre pensiones compensatorias o de alimentos: cuantía actualizada o, si no se perciben, justificante de haber iniciado los trámites judiciales.
- Documentación del patrimonio mobiliario e inmobiliario y de los ingresos que genere (Catastro, IBI, alquileres, certificados bancarios, etc.) de todos los miembros.
- Datos bancarios del solicitante.
- Sentencia de separación o divorcio, o justificante de haber iniciado el procedimiento judicial.
- Certificado de escolaridad de los menores y acreditación de asistencia regular al centro educativo.
- En su caso, documento de oposición de los miembros de la unidad de convivencia para la consulta de sus datos en registros públicos.
- Anexo de datos de cada unidad de convivencia independiente que conviva en el mismo domicilio.
Plazos
- Puedes solicitar la RMI en cualquier momento del año.
- Los pagos se reciben mensualmente.
¿Cómo solicitarlo?
- En tu Centro Municipal de Servicios Sociales, con cita previa.
- En cualquier oficina de registro público (Ayuntamientos, Comunidad de Madrid, etc.).
- A través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, usando certificado digital, DNIe o Cl@ve.
Normativa vigente
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Autor(es): , Obra: Renta Mínima de Inserción (RMI) en la Comunidad de Madrid, Publicación: , Última actualización: , Lugar de publicación: Madrid, URL: https://www.discapnet.es/derechos/renta-minima-de-insercion-rmi-en-la-comunidad-de-madrid
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