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El Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad considera que España incumple esta Convención en el caso del ex guardia urbano Vicenç Flores, al que se le denegó el pase a la segunda actividad (tareas de tipo más administrativo) cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social determinó que tenía una incapacidad laboral permanente debido a un accidente sufrido mientras estaba de servicio.
Detalles del informe de la ONU
Así se recoge en el informe de seguimiento de dicho grupo de expertos actualizado tras la última información facilitada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), al que ha tenido acceso el medio Servimedia.
Según sus conclusiones, el trabajador es víctima de una discriminación en el empleo debido a su discapacidad sobrevenida.
En 2009, Vicenç Flores sufrió un atropello cuando acudía a atender a una mujer maltratada, accidente que le causó una rotura del pie y dolores de espalda. Meses después y cuando perseguía a un carterista, la lesión del pie se terminó de agravar, y su mutua primero y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) después le decretaron una incapacidad laboral permanente debido a esta discapacidad sobrevenida.
Pese a las distintas y reiteradas sentencias de los tribunales (un juzgado de Barcelona primero, el Superior de Justicia de Cataluña después y también el Supremo), el Ayuntamiento de Barcelona se ha negado a asignarle “tareas modificadas” y tampoco ha proporcionado los ajustes razonables a los que tiene derecho.
En concreto, el Comité concluye que en el caso de Vicenç Flores se vulneraron los artículos 27 (derecho al trabajo), 3 (principios generales), 4 (obligaciones generales) y 5 (igualdad y no discriminación) de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Destaca que este caso refleja deficiencias normativas que generan barreras sistémicas en el derecho al empleo para personas con discapacidad, así como una clara vulneración de la Convención. Por ello, el Comité considera que España “aún no cumple plenamente con sus obligaciones internacionales”, seguirá vigilando el cumplimiento de sus recomendaciones hasta que se tomen las medidas que resulten efectivas y en consonancia con la Convención.