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El Congreso vota este jueves eliminar el despido automático por discapacidad sobrevenida

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27 Marzo 2025 · Discamedia

Fachada principal del Congreso

La Comisión de Trabajo del Congreso de los Diputados someterá este jueves a votación el dictamen de la reforma legal que establecerá la eliminación de la extinción automática del contrato de trabajo en situaciones de incapacidad permanente por discapacidad sobrevenida.

Gran avance en derechos en el Congreso

Dicha Comisión abordará el dictamen de la ponencia del proyecto de Ley por la que se modifican el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en materia de extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente de las personas trabajadoras y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en materia de incapacidad permanente.

De salir adelante, el texto no tendría que pasar por el Pleno de la Cámara Baja y sería remitido al Senado directamente, donde el PP cuenta con mayoría absoluta pero donde igualmente podría ser aprobado si los ‘populares’ dan su ‘plácet’ oficialmente en el Congreso este jueves.

Si se incorporasen cambios en el Senado, las enmiendas añadidas tendrían que ser convalidadas nuevamente por el Congreso. De lo contrario, si se diera en la Cámara Alta luz verde al texto sin modificaciones, sería remitido directamente al Boletín Oficial del Estado (BOE) para su publicación y posterior entrada en vigor.

Cabe recordar que en octubre, el proyecto de ley ya superó su primer examen parlamentario, dado que antes de poder empezar su tramitación en el Congreso, tuvo que superar una enmienda a la totalidad de devolución de Vox, que fue rechazada por todos los partidos, salvo por los diputados de la formación de Abascal.

Esta reforma legal es una vieja demanda del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) que fue recogida por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, el pasado año, y que fue pactada por ambas partes antes de ser aprobada en Consejo de Ministros.

Cambios legales

La modificación del artículo 49.1.e) del Estatuto de los Trabajadores eliminará la referencia a la extinción automática por Gran Incapacidad, Incapacidad Permanente Absoluta e Incapacidad Permanente Temporal, separando con ello estas causas de la muerte de la persona trabajadora.

La posibilidad de extinguir el contrato, hasta ahora en manos de la empresa, se condiciona a la voluntad de la persona trabajadora que podrá solicitar una adaptación del puesto de trabajo razonable, necesaria y adecuada o el cambio a otro puesto de trabajo vacante y disponible, acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación.

El texto también establece los criterios que permiten determinar cuándo los ajustes necesarios constituirían un coste excesivo para la empresa valorando, de manera específica, si los gastos de adaptación pueden sufragarse con ayudas o subvenciones públicas de manera parcial o total y también, en su caso, si son razonables para el tamaño de la empresa.

 

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