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El CERMI celebra que la Seguridad Social haya regulado el procedimiento para ampliar el listado de discapacidades que dan pie a la jubilación anticipada

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07 Mayo 2025 · CERMI

Dos trabajadores, uno de ellos en silla de ruedas y otro sin discapacidad visible, chocando sus manos en forma de acuerdo alcanzado en un despacho de la oficina

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) celebra que el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones haya aprobado la orden ministerial que regula el procedimiento para actualizar y ampliar el listado de discapacidad, patrologías y enfermedades que dan pie a la jubilación anticipada para trabajadores con discapacidad en la modalidad del 45 por 100 de grado o superior.

Postura del CERMI sobre la jubilación anticipada para personas con discapacidad

El Boletín Oficial del Estado publica hoy en efecto la Orden ISM/444/2025, de 30 de abril, por la que se regula el procedimiento de inclusión de nuevas patologías generadoras de discapacidad en el anexo del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en cuanto a la anticipación de la jubilación de las personas trabajadoras con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento, por lo que ya queda abierto el procedimiento para plantear y en su caso decidir la incorporación de nuevas patologías que permitan acceder a esta modalidad de jubilación anticipada para trabajadores con discapacidad.

Cuando entre en vigor la orden que firma la ministra Elma Saiz -el próximo 1 de junio- las asociaciones, fundaciones u otras organizaciones representativas de colectivos afectados por las patologías cuya inclusión se solicite, debidamente inscritas en el registro correspondiente, podrán plantear a la Seguridad Social la incorporación de nuevas discapacidades, que serán estudiadas por una comisión técnica que se crea en virtud de la nueva norma en la que entre otras instancias oficiales y científicas tendrá presencia el sector social de la discapacidad representado en el Consejo Nacional de la Discapacidad.

Con la aprobación de esta orden, se culmina el proceso de reforma y flexibilización de la una de las modalidades de jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad -la del 45 por 100- acordado en 2023 entre el ministro Escrivá, responsable de la Seguridad Social en ese momento y el CERMI, dando así respuesta a una de las recomendaciones del Pacto de Toledo de mejora de la protección social de las personas con discapacidad.

Enlace a la Orden publicada en el BOE; https://www.boe.es/boe/dias/2025/05/07/pdfs/BOE-A-2025-8980.pdf
 

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