· CERMI
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha planteado al Congreso de los Diputados un conjunto de enmiendas para que la discapacidad sea considerada de manera reforzada en el Proyecto de Ley Orgánica de protección civil de los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, actualmente en tramitación parlamentaria en la Cámara Baja.
Las propuestas del CERMI parten del enfoque de derechos humanos de la discapacidad y de los principios de dignidad, autonomía, igualdad y no discriminación, accesibilidad universal, diseño universal, ajustes razonables, participación e inclusión social. El documento recupera además propuestas formuladas por el CERMI durante la fase de anteproyecto que no fueron incorporadas al texto remitido a las Cortes por parte del Ejecutivo.
Trece enmiendas sobre discapacidad
En total, el CERMI formula trece enmiendas. Entre ellas, propone incorporar expresamente como referencia la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y reforzar la perspectiva de género y discapacidad, con especial atención a las formas múltiples e interseccionales de discriminación que afectan a las mujeres y niñas con discapacidad.
El documento plantea también que la información necesaria para prestar consentimiento se facilite con antelación suficiente, en condiciones de accesibilidad universal, en formatos comprensibles y mediante los sistemas y apoyos a la comunicación que sean necesarios.
Asimismo, propone reforzar las salvaguardias para que los apoyos respeten la voluntad, deseos y preferencias de la persona. Entre las modificaciones planteadas figura igualmente la protección expresa de datos vinculados a la discapacidad, la salud, las necesidades de apoyo, la situación de dependencia o la institucionalización, así como de la información conocida en ámbitos sociales, sanitarios, educativos, laborales, residenciales o de apoyo.
El CERMI propone además que la legislación contemple expresamente como lesivas de la dignidad las expresiones, representaciones o actuaciones que comporten humillación, ridiculización, cosificación, deshumanización o difusión de estereotipos degradantes por razón de discapacidad, sexo u otras circunstancias personales o sociales.
Otra de las enmiendas se dirige a impedir que la existencia formal de consentimiento legitime la utilización de la imagen o la voz de una persona con discapacidad cuando este se haya obtenido mediante información no accesible, engaño, abuso de una relación de poder, influencia indebida o aprovechamiento de una situación de especial vulnerabilidad.
En relación con la caricatura y la parodia, el CERMI plantea que su utilización no quede amparada cuando constituya trato degradante, humillación, incitación al odio o discriminación, o cuando se funde en la ridiculización de la discapacidad, el sexo u otras circunstancias personales o sociales.
El documento incorpora también propuestas sobre contenidos sintéticos, manipulados o generados mediante inteligencia artificial. En concreto, plantea que, cuando estos puedan inducir a error sobre su autenticidad, se informe de forma clara, visible, comprensible, persistente y accesible de que han sido generados o manipulados artificialmente.
En materia de acceso a la Justicia, las enmiendas reclaman que se garanticen la accesibilidad universal, los ajustes de procedimiento, la comunicación accesible y la participación efectiva de las personas con discapacidad. También proponen que las rectificaciones, publicaciones de sentencias, comunicaciones de retirada y demás medidas de reparación se difundan en condiciones de accesibilidad universal.
Por último, el CERMI plantea incorporar nuevos criterios para valorar el daño moral, entre ellos la existencia de motivación discriminatoria, la discriminación múltiple o interseccional, el abuso de relaciones de poder, dependencia, cuidado o apoyo, las barreras de accesibilidad o comunicación, la revictimización y la especial intensidad de la difusión mediante sistemas automatizados, recomendación algorítmica o generación sintética de contenidos.