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Consumo obligará a las grandes superficies a etiquetar en braille alimentos con alérgenos o productos con sustancias peligrosas

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17 Marzo 2026 · Servimedia

Un hombre comprando en el supermercado

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 obligará a las grandes superficies a etiquetar en braille alimentos con alérgenos o productos con sustancias peligrosas.

Así lo anunció este martes el gabinete dirigido por Pablo Bustinduy en un comunicado en el que precisó que ha iniciado esta semana el proceso de información pública de un real decreto por el que va a regular el etiquetado accesible de productos de consumo.

Este proceso, que es el paso previo hasta su futura aprobación, culminará el próximo 12 de abril y está abierto a organizaciones, ciudadanía y sectores afectados para que puedan presentar aportaciones y observaciones al texto.

Según avanzó Consumo, se trata de una normativa para garantizar el derecho de las personas con discapacidad visual a recibir información “clara y comprensible” de los productos que adquieren y “proteger”, además, a estas personas “frente a situaciones de peligro o que puedan provocar riesgos para su salud”.

El proyecto del real decreto afectará a grandes superficies comerciales, con una dimensión igual o superior a 400 metros cuadrados y garantizará que las personas con discapacidad visual tengan el derecho a reclamar en estas grandes superficies que se etiquete en braille los productos alimenticios que tengan alérgenos o productos como los cosméticos o de limpieza que contengan sustancias peligrosas.

Además, estas personas deberán tener la posibilidad de solicitar una atención personalizada en el proceso de compra.

ETIQUETA

De esta forma, las grandes superficies han de garantizar que las personas con discapacidad visual pueden acceder a una etiqueta en braille en los productos indicados que ofrezca información sobre el tipo de producto que es, su marca comercial, su indicación de la referencia de peligro o de la referencia de alergias e intolerancias, así como la fecha de caducidad o consumo preferente.

Esta etiqueta informativa podrá adherirse al propio producto o incorporarse como un etiquetado adicional cuando la superficie del envase no permita su inclusión directa.

Además, las grandes superficies que dispongan de venta online tendrán que incorporar también la opción de solicitar que los productos adquiridos se entreguen con la correspondiente etiqueta en lenguaje braille.

En paralelo, las propias superficies comerciales podrán incluir en braille cualquier otra información que consideren “necesaria o relevante”.

La norma ha sido desarrollada conjuntamente por la Dirección General de Consumo y la Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad y se ha puesto en común con entidades de referencia en el sector como ONCE y Cermi, además de organizaciones y asociaciones del ámbito de las personas con discapacidad.

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