Fecha: de hasta
- Derechos
- Educación
- Empleo
- Innovación
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Concesión de ayudas correspondientes a las acciones de dinamización "Europa Excelencia"
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la resolución de convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos establecidos en la resolución de convocatoria.
Segundo. Objeto
El objeto de las ayudas es mejorar el éxito de la participación española en las convocatorias del Consejo Europeo de Investigación en sus modalidades de «Starting Grants» y «Consolidator Grants», enmarcadas en el Pilar 1 «Ciencia Excelente» del Programa Marco de Investigación de la Unión Europea Horizonte Europa. La convocatoria financia proyectos de investigación científico-técnica relacionados con los objetivos de las propuestas remitidas y evaluadas positivamente y consideradas elegibles por el Consejo Europeo de Investigación, pero que por razones presupuestarias no han podido ser finalmente financiadas por dicho organismo.
Tercero. Bases reguladoras
Orden CNU/320/2019, de 13 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i y en el marco del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, destinadas a organismos de investigación y de difusión de conocimientos.
Cuarto. Cuantía
La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas será de 1.500.000,00 euros, con cargo al presupuesto de gastos de la Agencia Estatal de Investigación para el año 2021.
Las ayudas previstas en esta convocatoria revestirán la forma de subvención y podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas. Su cuantía se determinará en cada caso en función del coste financiable real de la actuación y de las disponibilidades presupuestarias, teniendo en cuenta los límtes establecidos en la convocatoria.
Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será desde el 10 hasta el 24 de junio de 2021 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
Las solicitudes de participación serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 12 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y envío telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayuda
Las solicitudes de ayuda serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
- Calidad de la propuesta.
- Equipo de investigación.
- Impacto.
La descripción de los criterios y subcriterios de evaluación, así como su valoración y umbrales se determinan en el Anexo I de la resolución de convocatoria.