¿Qué es la incapacidad laboral?
Es la situación por las que un trabajador/a no puede desempeñar sus tareas o funciones en su puesto de trabajo. Eso sí, existen diferentes tipos de incapacidad laboral, según el grado de la misma y alcance. La Seguridad Social define estas incapacidades basándose en una serie de requisitos. A continuación se describen las diferentes incapacidades existentes.
Incapacidad Temporal (IT)
La incapacidad temporal se da cuando una persona se ha dado de baja por una enfermedad, que puede ser puntual, por enfermedad común o accidente no laboral, el médico está obligado a dar unos partes de confirmación al enfermo, hasta su recuperación y posterior vuelta a su trabajo. También se contempla en este caso, la baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
En el caso de enfermedad común, al trabajador se le exige que tenga 180 días cotizados a la Seguridad Social en los cinco años previos.
La duración de la incapacidad laboral temporal se puede prolongar hasta los 365 días, momento este, en que se puede estudiar y valorar la posibilidad de que la incapacidad se convierta en permanente, el encargado de dictaminar si procede el cambio a la permanente es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (Su siglas son INSS).
Para las siguientes incapacidades permanentes que vamos a describir a continuación, queremos informaros que todas ellas pueden ser revisables y pueden cambiar el grado de incapacidad dependiendo de lo que se haya valorado en esa revisión.
Incapacidad Permanente (sus siglas son IP)
Tras una revisión de la enfermedad que ha llevado a la Incapacidad Temporal a esta persona durante esos 365 días, y siempre sí la Seguridad Social considera y valora que se continúe con un tratamiento y en un principio sin posibilidades de mejora, se puede pasar a la situación de Incapacidad Permanente, en este caso se pueden dar diferentes posibilidades de incapacidad que a continuación detallamos:
- Incapacidad Permanente Parcial (siglas IPP). Esto ocurre cuando la enfermedad que le ha llevado a continuar en situación de incapacidad, le ha producido una disminución de un 33% de su rendimiento en sus tareas profesionales.
- Incapacidad Permanente Total (siglas IPT). Esta situación, indica que el trabajador no puede realizar las tareas que venía realizando en su trabajo habitual, pero esto no quita que pueda hacer otra clase de trabajos distintos al que venía haciendo.
- Incapacidad Permanente Absoluta (siglas IPA). Esta incapacidad inhabilita a la persona que así ha sido valorada para toda las profesiones.
- Gran Invalidez (siglas GI). En el caso de que el trabajador haya llegado a esta situación de gran invalidez y que necesite un cuidador para sus tareas diarias, se le añade una ayuda económica.
- Lesiones permanentes no invalidantes. Se llaman así a las lesiones derivadas de un trabajo, por enfermedad profesional o accidente, son secuelas que físicamente disminuyen la capacidad del trabajador sin que por ello tengan la condición de una incapacidad permanente.
Enlaces destacados
- Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Publicado en el BOE de 31/10/2015, entrada en vigor el 02/01/2016. Ministerio de Empleo y Seguridad Social
- Guía Sindical en formato pdf "Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales". Autores: Loly Fernández, Miquel Lázara, Neus Moreno y Toni Tuà.
- Incapacidades Laborales y Prestaciones
- Seguridad Social
- Pensionistas
- Trabajadores
- Guía Laboral de Prestaciones del Régimen Laboral de la Seguridad Social.
- Guía de valoración de incapacidad laboral temporal para médicos de atención primaria (Diciembre 2015 - Instituto de Salud Carlos III).
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Autor(es): , Obra: Clases de Incapacidad Laboral, Publicación: , Última actualización: , Lugar de publicación: Madrid, URL: https://www.discapnet.es/derechos/tus-derechos-fondo/clases-de-incapacidad-laboral
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