Guía de ayudas a la discapacidad (GuiaDis)

Valencia. Ayudas y subvenciones para atención a personas con discapacidad o con enfermedad mental y para la promoción de la accesibilidad

Orden 10/2011, de 13 de diciembre, de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas y subvenciones para atención a personas con discapacidad o con enfermedad mental y para la promoción de la accesibilidad, y se hace pública su convocatoria para el año 2012 (DOCV 23-12-2011).

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Las solicitudes de ayuda o subvención se presentarán, junto con la documentación requerida para cada caso, en las direcciones territoriales de Justicia y Bienestar Social o en el ayuntamiento del municipio donde resida el solicitante, sin perjuicio de lo dispuesto el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de las especificidades de las ayudas previstas en el título V de esta orden.

El órgano competente para la resolución del expediente, a la vista de la documentación obrante en el mismo y de las obligaciones que se deriven de la concesión de la ayuda o subvención, podrá recabar los informes de organismos y entidades que estime oportunos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 82 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como efectuar las comprobaciones que considere conveniente sobre la exactitud de todo ello.

Corresponde a la Subdirección General de Personas con Discapacidad y Dependencia, a la vista del informe de valoración y las relaciones ordenadas remitidas por las direcciones territoriales de Justicia y Bienestar Social, respecto a las ayudas reguladas en los títulos II, III y V de esta orden.

El plazo máximo para tramitar y notificar las resoluciones para la concesión de ayudas y subvenciones será de tres meses, a contar desde la fecha en que se hagan públicos los créditos que financien estas ayudas, así como la cuantía de los mismos, mediante resolución del conseller de Justicia y Bienestar Social.

Resumen

La presente orden tiene la intención de aprobar las bases reguladoras para la concesión durante el año 2012 de ayudas y subvenciones, por el procedimiento de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar los siguientes tipos de actuaciones:

  • Mantenimiento y sostenimiento de centros de atención a personas con discapacidad que se señalan.
  • Programas de servicios sociales especializados para personas con discapacidad.
  • Prestaciones económicas individuales (PEI) para personas con discapacidad.
  • Mejora de las condiciones de accesibilidad al medio físico, a través de la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de la comunicación.

El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, es decir a partir del 23 de diciembre de 2011.