La LIOUNDAU se aprobó el 2 de diciembre de 2003. Su fin es el de castigar y sancionar a las personas y organismos que discriminen a las personas con discapacidad.
Su fin primordial es establecer medidas para garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad (recogido en la Constitución Española Artículos 9.2, 10, 14 y 49).
Todas las normas de desarrollo de la Liondau se han promovido y negociado en el seno del Consejo Nacional de la Discapacidad, entre los Ministerios concernidos y el Cermi.
La norma se encarga de unificar las condiciones requeridas por las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos. También establece unas condiciones básicas para garantizar la accesibilidad desde el diseño pensado en todos y la autonomía personal,
Esta normativa se basa en los siguientes puntos
- No discriminación
- Acción positiva
- Accesibilidad universal
Enlaces de interés
- Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (276 KB).
- Nuevo régimen de infracciones y sanciones en materia de discapacidad" elaborado por la Asesoría Jurídica del CERMI Estatal en formato word (82KB)
- Sistema arbitral en defensa de los derechos de las personas con discapacidad, marzo 2009 (Word, 37,5KB)
- Orden PRE/446/2008, de 20 de febrero, por la que se determinan las especificaciones y características técnicas de las condiciones y criterios de accesibilidad y no discriminación establecidos en el Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo en formato pdf (145KB) (formato no accesible)
- LEY 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad
- La Liondau en Discapnet
- Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones. (publicado en el BOE de 11 de mayo de 2007)