Resumen: En el caso sustitución de empleo temporal discontinuo por empleo fijo discontinuo no se requiere reserva para discapacitados, pues no se trata de "vacantes" ni de creación strictu senso de empleo público, ya que estas plazas no aparecen entre las que obran en los anexos y listados de la convocatoria anual de empleo.
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Sentencia.